María, 31 de mayo, 2018

Pequeños instagrammers, RGPD y consentimiento paterno para gestión de datos

Para empezar, dos cosas:

1.- el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que entró en vigor el pasado 25 de mayo, establece nuevas pautas sobre el consentimiento de los menores de edad en el uso de sus datos personales. Estas novedades se incorporan con el fin de aumentar la privacidad de la información en niños y niñasEl tratamiento de los datos personales en el ámbito de los servicios de la sociedad de la información (SSI) en menores de edad –como, por ejemplo, redes sociales– será legal siempre y cuando estos tengan más de 16 años. Sin embargo, el Reglamento permite rebajar esta edad y que cada Estado miembro establezca la suya propia, siempre con un límite inferior de 13 años. En el caso de España, esta edad ha estado fijada habitualmente en 14 años, pero con la aplicación directa del RGPD se reduce desde los 14 a los 13. Por debajo de esa edad, se necesitará el consentimiento del “titular de la patria potestad”, algo que puede resultar muy complicado. El artículo 8 ofrece más información al respecto, aunque no describe cómo resolver el problema ni cómo las autoridades de control pueden determinar que se ha cumplido este requisito. En teoría, ahora, cuando las empresas recopilen datos personales, han de tener siempre en cuenta que el consentimiento tiene que ser verificable y que el aviso de privacidad debe estar escrito en un lenguaje que los niños puedan entender. Desde el 25 de mayo, cada país europeo ha tomado distintas decisiones…

2.- Instagram, la red social de fotografía y vídeo propiedad de Facebook, tiene 12 millones de usuarios en España (somos el cuarto país del mundo en ranking de perfiles). Para los adolescentes y jóvenes de 14 a 24 años es la red más utilizada, desbancando incluso a Snapchat. Parte de este éxito empieza con las Stories, que de alguna manera hacen pensar a los iKids que lo que cuentan desaparece a las 24 horas. Y les permite contar su vida y expresarse a golpe de foto y video. Sabes perfectamente que en Instagram hay muchos -pero muchos- usuarios por debajo de 13 años, con cuentas privadas en la mayoría de los casos (y esto a los padres nos hace sentir más tranquilos, pero….). Pues que sepas que en teoría no pueden y que, si están, debería ser con tu permiso y con tu acompañamiento. Instagram dice en sus condiciones de uso que hay que tener 14 años para tener un perfil.


Una vez dicho esto, desde la entrada en vigor del RGPD, Instagram ha actualizado parte de sus condiciones de uso para «adaptarse» (y protegerse). Dice cosas como «Instagram requiere que sus usuarios tengan al menos 14 años para crear una cuenta (en algunas jurisdicciones, el límite de edad puede ser superior). Si tu hijo tiene menos de 14 años y ha creado una cuenta en Instagram, enséñale a eliminarla«.

Pero además, para funcionar como funciona -aunque no seamos siempre conscientes de cómo funciona-, para seguir aportando contenidos a lo que ves y a lo que ve tu iKid si tiene cuenta (contenido promocional, se entiende), ha tenido que configurar una solicitud de permiso para la gestión de anuncios. No pienses que antes no había anuncios, porque los había. Y aunque esto no tiene que ver con el resto de la experiencia de Instagram que disfrute tu iKid, tiene todo que ver con ese espíritu de consentimiento paterno. Tiene que ver con consentir en el uso de nuestros datos; en la Política de Datos de Instagram tienes más información sobre qué información recaba sobre sus usuarios y cómo los gestiona.

Nos dice Instagram: «Como parte de nuestro cumplimiento de las leyes de la Unión Europea, ahora los padres tienen más control sobre la forma en que tratamos los datos de sus hijos, y sobre si los anunciantes pueden dirigir anuncios a sus hijos basados en determinados intereses. Si tu hijo o hija decide acceder a una versión más personalizada de Instagram con anuncios que le resulten más relevantes, es posible que se solicite tu aprobación«.


Así que, si tu iKid está en Instagram…

Si no tiene 14 años cumplidos:

  • si ha dicho la verdad sobre su edad, le llegará un mensaje para que notifique un correo electrónico de su tutor o guardián, de forma que ese adulto pueda dar su consentimiento a las experiencias de anuncios en la red.
  • si es menor de 14 y le llega el aviso, pero tu iKid da el mail de otra persona (un amigo, por ejemplo), la notificación de consentimiento no te llegará.
  • si no ha dicho la verdad sobre su edad y al crear su perfil dijo que era mayor de 13-14, no le llegará la notificación, porque no hay activo ningún proceso técnico que verifique la edad de los usuarios.

Si tu iKid tiene cuenta en Instagram y no tiene 14 años, debería llegarte un mail diciendo esto:

Si tiene 14 años o más:

  • no le habrá llegado la notificación para que tenga que solicitar permiso a su tutor o guardián, así que no tendrá que dar tu mail y a ti no te llegará la petición de consentimiento. Aun así, aprovecha para hablar con él o con ella de qué es contenido promocional y de que, aunque tenga 14 años o más, sigue estando bajo tu tutela y su experiencia en Instagram forma parte del resto de la educación que quieres darle.

No cabe duda de que debería haber alguna funcionalidad que permitiera que este consentimiento no tuviera solo que ver con la gestión de los datos de tu iKid en términos de anuncios, sino también en relación con el hecho propio de darse de alta en Instagram. Pero de momento, no la hay. Así que toca seguir insistiendo para que las tecnológicas diseñen un algoritmo que facilite que no nos encontremos niños o niñas de 9 ó 10 años en cualquier red o app, compartiendo o viendo contenidos sin acompañamiento y sin control alguno sobre cómo se gestionan sus datos personales.


Para terminar:

  • si estás empeñado en que tu iKid esté en redes sociales, que sepas que las hay específicas para edades inferiores.
  • si no quieres que se dé de alta en servicios en línea (redes, apps, webs…) sin tu permiso, configura dispositivos, configura cuentas familiares de descargas y habla con tu iKid sobre tecnología.
  • si te preocupa la gestión de los datos, haces bien en preocuparte. Porque cada dispositivo conectado, cada like, cada compartir, cada interacción con otros usuarios, cada geo-localización o cada búsqueda y compra o descarga quedan guardados y dicen muchas cosas sobre nosotros. Vivimos en un mundo en el que esos datos son la moneda de cambio y no podemos evitar al 100% que exista este rastro digital -salvo que no quieras usar ningún-ningún-ningún entorno digital (cosa harto difícil)-. Pero sí podemos ser conscientes de que esos datos se gestionan por parte de terceros, con intención meramente estadística o, como se ha visto, más comercial. Sabiendo es como es posible tomar decisiones. Especialmente en relación con menores, que por edad y conocimiento son menos capaces de entender cómo funciona la tecnología que utilizan a diario.

Y ya.

Besos,

M.

PD. Después del escándalo de Cambridge Analytica, ha habido mucho usuario ‘concienciado’ e indignado que ha eliminado su cuenta de Facebook. Pero oye, de Instagram y WhatsApp no se han ido tan rápidamente (y son servicios que pertenecen a la misma empresa). Ni se han ido de otras redes. Ni han dejado de usar GoogleMaps o de comprar en Amazon. No hay que ser un gran detective para darse cuenta de que si usamos GRATIS una herramienta sofisticada y potente, alguien estará lucrándose al otro lado. NO LO JUSTIFICO, solo digo que, necesitamos entender cómo funciona lo que usamos para ser capaces de tomar decisiones sobre cómo lo utilizamos. Y si lo usan nuestros iKids, más aún.

 

 

Una respuesta a “Pequeños instagrammers, RGPD y consentimiento paterno para gestión de datos”

  1. […] España, la normativa establece que la edad legal para poder abrir una cuenta serán los 14 años. Pero es muy frecuente […]

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